TODAS LAS SALAS DEL CINE DEL PAÍS DEBERÁN EXHIBIR FILMS NACIONALES
Anoche, Jorge Coscia y Jorge Alvarez, presidente y vicepresidente del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, respectivamente, daban los toques finales a la reglamentación de la polémica cuota de pantalla y media de continuidad para el cine argentino, que entrará en vigor hoy, a través de la resolución 2016/04.
“Sacamos una resolución, según lo establecido por la ley 17741 y por el decreto 1405 de 1973, que reglamentó la cuota de pantalla, por la que se declara a todas las salas del país como de estreno. Ese decreto establece un film argentino por trimestre. Esto apunta a garantizar que toda película tenga una opción de estreno”, afirmó Coscia, en diálogo con LA NACION. “Un complejo multipantalla, si tiene diez salas, deberá estrenar diez películas argentinas por trimestre -agrega-. El plazo trimestral apunta a no generar una acumulación innecesaria a lo largo del año. Si no hay películas en dicho trimestre, las salas serán eximidas, y es muy probable que eso ocurra. Los films argentinos no se estrenan con 140 copias: sólo cinco o seis se acercan a las cien o superan esa cifra”, agrega.
“La media de continuidad la hacemos porque entendemos que la actividad del cine establece una diversidad en el tipo de salas de acuerdo con su capacidad, y una diversidad de épocas. Por eso tenemos dos temporadas, la alta (del 1° de abril al 30 de septiembre) y la baja (el resto del año). También se definen tres tipos de salas, porque no es igual la media para una sala pequeña que para una grande. Esto se hizo en base a un estudio que hicimos del comportamiento del cine argentino con las declaraciones presentadas al Incaa”.
La reglamentación, que tiene como antecedente las impulsadas a finales de los años 40 y a principios de los años 70 -siempre por el peronismo- clasifica a las salas según posean una capacidad de hasta 250 espectadores, de 251 a 500 espectadores y de más de esta última cantidad (estarán exceptuadas las salas registradas como no comerciales, las de exhibición condicionada y las que funcionen sólo en período vacacional). También se establecen tres tipos de películas, “con algo tan objetivo como la cantidad de copias con las que se estrena cada película”, según aclara Coscia. En la categoría “A” entran las que se lanzan con más de veinte copias, en la “B”, de diez a veinte copias, y en la “C”, menos de diez. En la primera se ubican títulos como “Luna de Avellaneda” o “Ay, Juancito”; en la segunda, “La niña santa” o “Memoria del saqueo” y, en la tercera, “Los guantes mágicos”.
En la temporada alta se consigna que una película de categoría “A”, deberá cumplir con un 25% de los espectadores potenciales de una sala pequeña, entre jueves y domingo, un 20 % en las medianas y un 10 % en las más grandes. Si es una película con más de 10 copias y hasta 19, los mínimos son 22, 18 y 9% y, las que salen con hasta 10 copias, 20, 16 y 8%, respectivamente.
“Así se protege a la película más débil, que, al lanzar menos copias, presiona menos sobre la cuota de pantalla. De esa manera se genera la posibilidad de eximir a más de una sala del cumplimiento de la cuota y se le otorga una compensación en la media de continuidad”, aclara Coscia.
En la temporada baja, los porcentajes por cumplir son menores.
Defender sin perjudicar
“El mercado se está acomodando y sabemos que las producciones que salen con hasta 10 copias son de arte -reflexiona Coscia-. El cine argentino hay que defenderlo y hacerlo no pasa por perjudicar a la exhibición. Cuando uno dice que en temporada alta una película C debe cubrir un 8% en salas de más de 500 butacas, no es nada fácil”.
Coscia explica que la resolución incluye una compensación: si el exhibidor mantiene en cartel una película que no llega a cumplir con la media, se reduce su obligación con otras películas argentinas en la misma sala o en otra sala de su complejo.
“Así damos aliento a las películas que están por debajo de la media y que, de pronto, necesitan tiempo para que la gente las conozca y al exhibidor que, apostando por esa película, baja la cuota de pantalla de esa u otra sala”.
“No somos necios ni adivinos -aclara Coscia-. Este es un camino del que esperamos aprender. Por eso lo hacemos con medidas cautelosas, que es muy probable que no satisfagan a algún exhibidor o a algún productor. Trabajamos con la base de la buena fe, de respetar lo que es rentabilidad de las salas. Pero también lo que creemos es entender la diversidad de acuerdo con las salas y a la forma de hacer cine en la Argentina. Tenemos un cine industrial, uno intermedio -que es industrial pero, al mismo tiempo, tiene pretensión artística y de riesgo-, y el de arte y ensayo, de alto riesgo, pero que nos ha dado grandes satisfacciones.”
Las sanciones por incumplimiento van desde multas hasta clausura de la salas, que podrían llegar a los 60 días consecutivos.
Antes de la difusión del texto de la medida, el diputado nacional macrista Federico Pinedo (Compromiso para el Cambio), emitió un comunicado de prensa en el que sostuvo: “Imponer que las películas argentinas deban ser exhibidas obligatoriamente hasta que las vea un número determinado de personas es como obligar a un diario a publicar artículos de cualquier persona y, lo que es peor, si la película es muy mala, el pobre dueño de la sala tendrá que esperar eternamente hasta irse a la quiebra. Esto es un disparate”.
“Pero, además -agregó el legislador-, el gobierno nacional debiera ser consciente de que existe el artículo 20 en la constitución, que establece que «Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano y pueden ejercer su industria y comercio». El nacionalismo debe hacerse promoviendo lo bueno que tenemos y no atacando al resto de la humanidad.”
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