TODO DELITO COMETIDO POR CHICOS SERÁ TRATADO POR JUECES DE MENORES
La Cámara Federal porteña, mediante un fallo que sienta jurisprudencia, resolvió que los delitos cometidos por chicos de hasta 18 años de edad deben ser investigados por la Justicia de menores, incluso en casos como el comercio de drogas o un secuestro extorsivo, que hasta el momento recaían en la Justicia Federal.
Si bien los chicos en conflicto con la ley penal se encuentran a disposición de los tribunales de menores, cuando hay delitos de acción pública -como por ejemplo, la violación a la ley de estupefacientes, un secuestro o un atentado- los sospechosos son investigados por la Justicia Federal más allá de la su edad.
Para la Cámara Federal porteña, cuando un chico acusado de delito queda excluido del ámbito de una justicia especializada -como lo es la justicia de menores-, hay un desconocimiento del “interés superior del niño que debe guiar toda decisión en que ellos resulten involucrados”, refiere la resolución a la que tuvo acceso la agencia DyN.
Los jueces Eduardo Luraschi, Horacio Cattani y Martín Irurzun, miembros de la sala II de la Cámara, admitieron un planteo de incompetencia del fuero federal formulado por el abogado Martiniano Terragni en representación de una adolescente detenida por violación a la ley 23.737, ligada a la circulación de drogas.
La causa en la que está imputada la chica fue instruida por el juez federal Jorge Ballestero, a quien Terragni pidió que declinara su competencia para remitir el caso al fuero de menores por considerar que un tribunal especializado era el “ámbito más adecuado” para ocuparse de la situación procesal de la adolescente.
Ballestero consideró el reclamo de Terragni, pero declinó apartarse de la causa porque el Código Procesal establece que es competencia de la justicia federal todo delito de acción pública, aunque aparezcan menores implicados. El juez subrayó: “Aún resta un largo sendero que transitar para que nuestro Estado, además de proclamarlo, conceda plena protección a los derechos del niños, niñas y adolescentes”.
La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, que tienen rango constitucional, señala: “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una condición primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”.
La Cámara reprodujo en su fallo parte de la presentación de la defensa. Y agrego: “La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha observado que los menores de 18 años a quienes se atribuya la comisión de una conducta delictuosa deben quedar sujetos a órganos jurisdiccionales distintos de los correspondientes a los mayores de edad”.
La Cámara destacó que, más allá de la adecuación de la ley que pudiera corresponder al Congreso, “corresponde también a los tribunales locales el deber de adoptar las medidas necesarias para evitar que el Estado incurra en responsabilidad internacional por incumplimiento de un tratado” que garantiza el respeto al superior interés del niño.
Los jueces de la sala II accedieron finalmente al reclamo del representante de la adolescente y remitieron el caso a la Justicia de menores el 28 de diciembre de 2005, aunque la medida se conoció hoy. Así, el tribunal adoptó una decisión jurisprudencial que tendrá impacto en todas las causas que involucran a menores y tramitan en la Justicia Federal.
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