TRAS CINCO SEMANAS DE DISCUSIÓN EL CONCEJO LOGRÓ ENCUADRAR LEGALMENTE A LOS CIBERS
Tras cinco semanas de discusión en el recinto y de trabajo en las comisiones, mas otros meses de trabajo previo a la presentación del proyecto, el Honorable Concejo Municipal encuadró legalmente a los
cibers.
“En principio la municipalidad a partir de hoy cuenta con una nomativa que es bastante completa para la regulación de los cibers por un lado y de los juegos en red por otro”, dijo Jorge Henn a NOTIFE.
Cabe mencionar que existen marcados contrastes entre las categorías mencionadas. Los primeros (cibers) presentan la particularidad de que los usuarios va a conectarse a internet para consumir distintos servicios: chat, mails, páginas web, video conferencias entre otros. En cambio, los juegos en red sólo ofrecen una posibilidad lúdica y la mayoría de ellos están ocupados por un público específico que se divide entre niños y adolescentes de entre 10 y 15 años mayoritariamente.
“Se crean dos categorías distintas donde el mayor énfasis de control y sobre todo en la franja horaria se establece en los casos de juegos en red”. Se prohíbe el acceso a menores con uniforme y en horario escolar, los menores de 14 años podrán permanecer en el local hasta las 20 horas y los menores de 14 a 16 hasta las 22 horas. A su vez los menores podrán permanecer en estos lugares acompañados por un mayor.
Quedan excluidos de esta regulación los servicios de internet que se brindan en locales con locutorios telefónicos, donde el acceso a las terminales de computación tienen por objeto conectarse a la red informática mundial. En esta iniciativa se especifica que las terminales de computación deberán contar con un filtro para menores de 18 años y bloqueo de los denominados “juegos en red”.
En cuanto a la estructura de los cybers: en ambas iniciativas se prevé que el factor de ocupación será de 1,5 metros cuadrados por ordenador personal, servidor o máquina de juegos, además de un área destinada a servicios generales. Los monitores deberán contar con un protector visual. No se podrán utilizar vidrios polarizados o pintados que no permitan ver desde afuera hacia el interior del local.
En los lugares que se brinde este tipo de servicios, se deberá exhibir un letrero en el cual se lea “La permanencia frente a un monitor de computación por un lapso mayor a dos horas, es perjudicial para la salud, pudiendo provocar trastornos en la visión, fatiga visual, visión borrosa, fatiga general, dolor de cabeza y otros trastornos físicos”.
Los propietarios de los negocios deberán poseer la documentación de compra o alquiler de los equipos con sus respectivos números de serie registrados. Además los locales deberán contar con unidades sanitarias de ambos sexos.
Los cibers que se instalen a partir de la promugalción de la futura norma deberán estar ubicados a mas de 100 metros de cualquier establecimiento educativo, y lo que tributarán al municipio en carácter de comercios será de $12.20 en forma mensual.
Los locales comprendidos en proyecto y que se encuentren en actividad a la fecha de promulgación dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2004, para adecuarse a los requisitos exigidos. Luego de la fecha establecida, la detección de incumplimiento de los requisitos mínimos establecidos, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Código Municipal de Faltas.
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