TRAVESTIS: LA CORTE EMPIEZA UN DEBATE
A quince años de que la Corte Suprema le negó la personería jurídica a la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), el Tribunal —integrado ahora por nuevos jueces— deberá revisar en una causa similar el criterio que adoptó en ese entonces. Se trata una presentación realizada por la Asociación de Lucha por la Identidad Travesti-Transexual, contra la Inspección General de Justicia (IGJ).
Según fuentes de la Corte, la presentación será ingresada en la página Web del Tribunal, para que las ONG puedan hacer llegar su opinión sobre el planteo.
La Asociación apeló a la Corte luego de que la Sala K de la Cámara Civil le denegó la personería jurídica, al confirmar una medida de la IGJ. La Cámara argumentó que el objeto social es “contrario al bien común”. Fue el mismo argumento que utilizó la Corte en 1991, cuando rechazó la presentación de la CHA, que de todas formas un año después obtuvo su personería.
En la presentación ante la Corte, la Asociación rechazó los argumentos de la Cámara por “arbitrarios”, y argumentó que se utilizó un concepto de “bien común” distinto al que otorga la Constitución y los tratados internacionales. Subrayaron que, en definitiva, todas las asociaciones a las cuales la IGJ le ha otorgado personería, tienden a la satisfacción de intereses personales, y cuestionaron además que el Estado se reserve la apreciación de lo que es “bien común” y lo que queda fuera de esa categoría.
Aunque el proceso no será inmediato, el planteo anticipa al menos un debate profundo dentro del Tribunal, ya que ninguno de los jueces que firmaron en 1991 el voto de la mayoría contra la CHA sigue hoy en la Corte. En esa oportunidad, firmaron el fallo de mayoría Augusto Belluscio, Mariano Cavagna Martínez, Julio Nazareno, Eduardo Moliné O’Connor y Antonio Boggiano.
En contra de la opinión de la mayoría, votaron en disidencia Carlos Fayt y Enrique Petracchi. Fayt opinó que “al margen de la calificación disvaliosa que la homosexualidad pueda merecer desde el punto de vista social o del debate sobre si reviste el caracter de patología, la finalidad de la CHA no es, básicamente procurar que quienes no son homosexuales lo sean, sino que en relación a aquellas personas que lo son, se procure asegurar, en definitiva, el respeto por su dignidad humana”.
Petracchi opinó que “un orden jurídico como el nuestro no autoriza forma alguna de discriminación en razón de ideas, preferencias, identidades, tendencias u orientaciones en materia sexual, siempre que las prácticas que se sigan no afecten derechos de otros”. Y agregó que “lo expresado no importa proponer la desprotección de la familia tradicional, sino evitar que la protección a que dicha familia es acreedora, moral y normativamente, se constituya en la desprotección de grupos minoritarios con concepciones diferentes en cuanto a la unión de los sexos”.
Justamente los dos jueces que votaron en contra del voto de la mayoría, Fayt y Petracchi, siguen en el Tribunal.
Ayer, la Secretaría de Derechos Humanos emitió un comunicado donde apoyó la presentación de la Asociación.
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