UN CASO PARA LA REGLAMENTADA LEY SOBRE ANTICONCEPCIÓN QUIRÚRGICA
El caso puede ser emblemático. La semana pasada Miriam Rena relató que durante más de dos meses se negaron a practicarle anticoncepción quirúrgica en el hospital Centenario, con el argumento de que no estaba reglamentada la ley. El ministro de Salud Juan Héctor Silvestre Begnis había dicho que la norma estaba vigente de todas maneras, y era obligación de los efectores públicos realizarla igual. El anuncio de la reglamentación de la ley se pondrá a prueba hoy, cuando Miriam concurra al hospital, a las 9, a solicitar una fecha para la cirugía. Si no la obtiene, irá directamente a la subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia para plantear su caso. “Este es un derecho de la mujer que lo reclama, está garantizado por la ley y basta su consentimiento, porque la aprobación del comité de bioética no es vinculante”, explicó Liliana Pauluzzi, de Casa de la Mujer.
“Desde hace dos meses que estoy pidiendo la cirugía en el hospital Centenario, con anterioridad lo había hecho en el Centro de Especialidades Médicas de Rosario (Cemar), donde me dijeron que no lo podían hacer, y me derivaron al Centenario. Allí también me lo negaron, me decían que la ley no estaba reglamentada y que no lo iban a hacer si la dirección no avalaba al médico”, relató Miriam su peregrinar. Su médico, Gustavo Gotti, le aseguró que no puede hacerse la operación por falta de autorización. La mujer se entrevistó con la directora técnica del hospital, Soledad Diez, quien le dijo que su caso sería analizado por los abogados del hospital. La misma profesional le comunicó que habían decidido no practicar la intervención quirúrgica por la falta de reglamentación de la ley. Para ese entonces, el ministro de Salud había afirmado que la norma estaba vigente, y la anticoncepción quirúrgica debía realizarse.
Ahora, con la reglamentación, el representante de la comunidad en el consejo directivo del Hospital Centenario, Ariel Pérez, consideró que “si una señora va mañana y pide la ligadura de trompas, en treinta días tendría que tenerla hecha”.
El relato de Miriam es exhaustivo: “Tuve un embarazo fuera de lugar con el diu, ahora me volvieron a colocar el dispositivo hace un mes y medio, y durante un mes menstrué dos veces. Corro el riesgo de quedar embarazada, me tuvieron que sacar una trompa con el último embarazo que perdí, y todo porque tuve una infección terrible. Ahora quiero que me saquen la otra, porque además de tener el problema ginecológico, porque los anticonceptivos orales me hacen mal, tengo dos hernias de disco. Tengo de todo, no sé qué esperan para darme una solución”. Pese a sus pedidos, y la realidad que describe, el hospital le niega a Miriam el acceso a su derecho. “Mi médico es excelente, incluso ha firmado varios documentos avalando la necesidad de la operación, pero me plantea que sólo podrá hacerlo cuando se reglamente y tenga la autorización del hospital”, explicó.
Pauluzzi colaboró en la reglamentación de la ley junto a Mabel Gabarra, de Indeso Mujer. Para ella, el único requisito para que la mujer acceda a su derecho a la anticoncepción quirúrgica es el consentimiento informado, un documento que firma para manifestar su conformidad con la intervención quirúrgica (que por otra parte, se hace ante cualquier cirugía). La reglamentación incluye un formulario para ese trámite que es sencillo, y con dibujos, de manera que sea accesible a cualquier persona. De este modo, la mujer que accede a una ligadura tubaria, así como el hombre que pide una vasectomía tienen una explicación gráfica sobre la intervención y pueden firmar su conformidad. “En la reglamentación se plantea que si bien está la evaluación de un comité de bioética, no es vinculante. Es decir, si los médicos plantean que no están de acuerdo y la mujer firma el consentimiento se lo tienen hacer”, explicó Pauluzzi.
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