Un fallo complicado de revertir en la Cámara de Casación Penal
El fallo de la Cámara Federal que declaró nula parte del caso Hotesur y apartó al juez Claudio Bonadio de la investigación sobre las empresas de la presidenta Cristina Kirchner y su familia podría ser recurrido, pero es dudoso que pueda ser revertido por la Cámara de Casación Penal.
Quienes tienen posibilidad de apelar el fallo son el fiscal de Cámara Germán Moldes y Margarita Stolbizer, ya que la legisladora es pretensa querellante en la causa, es decir que ambos son parte en el expediente.
Lo que se puede recurrir y con muchas limitaciones es la nulidad dispuesta por la Cámara Federal y, eventualmente, el apartamiento del juez, consecuencia de esa decisión. ¿Qué declaró nulo la Cámara Federal? El decreto de Bonadio por el que consultó con peritos contadores sobre las preguntas a realizar en un peritaje contable sobre Hotesur. Y todo lo decidido en consecuencia.
Esta decisión del juez fue considerada por los camaristas Eduardo Freiler y Jorge Ballestero motivo para apartar a Bonadio porque dijeron que no avisó a la defensa para que presentara sus peritos y, además, porque luego encargó a los mismos peritos oficiales que asesoraron sobre las preguntas a hacer que fueran también los encargados del peritaje contable para dar las respuestas.
Las nulidades son apelables ante la Cámara de Casación cuando se trata de actos irreproducibles que tienen efectos similares a los de una sentencia definitiva o cuando están en juego cuestiones constitucionales.
Como se ve, el margen para recurrir es bastante estrecho. En caso de que un tribunal revoque la nulidad, es probable que Bonadio sea repuesto en el cargo, dado que su apartamiento fue consecuencia del acto declarado nulo.
Stolbizer ya adelantó que apelará. Así, el caso podría llegar a la Casación. Allí, la causa Hotesur ya tiene una sala de radicación, es decir, una sala integrada por tres jueces que ya tuvieron que fallar en otros incidentes del mismo caso.
Se trata de la Sala I de la Cámara de Casación Penal. Este tribunal estaba compuesto hasta hace muy poco por los jueces Ana María Figueroa, Luis María Cabral y Gustavo Hornos. Los tres eran subrogantes. Los tres ya decidieron, por ejemplo, en la recusación de Bonadio cuando el Gobierno intentó, hace cuatro meses, apartarlo del caso.
En esa ocasión, por dos votos contra uno (el de la jueza Figueroa), decidieron dejar al juez al frente del caso. Pero hoy todo cambió.
Esa Sala I de Casación ya no está integrada por los mismos jueces. Figueroa dijo que no subrogará más en el tribunal y el Consejo de la Magistratura apartó como jueces subrogantes a Cabral -al que directamente desplazó del tribunal- y a Hornos, que se quedó con su cargo de juez de Casación, pero en la Sala IV, en la que es titular.
En lugar de esos tres jueces, el Consejo de la Magistratura designó a los abogado conjueces Claudio Marcelo Vázquez, Roberto Boico y Norberto Frontini.
La nueva Sala I tiene así un marcado perfil kirchnerista. Vázquez, un abogado sin experiencia judicial de Lomas de Zamora, es cercano al viceministro de Justicia, Julián Álvarez; Boico es profesor universitario y abiertamente oficialista, socio del constitucionalista Eduardo Barcesat y ex abogado de Madres de Plaza de Mayo y de Hebe de Bonafini. Frontini desembarca desde la Subsecretaría de Política Criminal de la Secretaría de Justicia de la Nación, bajo la órbita de Julio Alak.
Pero para que el recurso de apelación del fiscal de Cámara llegue a la Sala I de la Casación debe ser sostenido por el fiscal ante la Casación. Esta causa está radicada en la Fiscalía N° 1 de Casación, que ocupaba como subrogante la fiscal Gabriela Baigún. En ese rol, Baigún se pronunció por apartar a Bonadio del caso. Pero la fiscal dejó esa subrogancia y volvió a su tribunal oral federal, donde es titular. Por eso la fiscalía que deberá entender en el caso Hotesur en la Casación está vacante y será la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, la que designará al funcionario que debe mantener o desistir la apelación.
Una alternativa para que los conjueces de la Sala I no intervengan es que antes de votar la Corte decida la inconstitucionalidad de la ley de subrogancias, lo que implicaría desarticular el tribunal de suplentes.
Fuente: La Nación Digital
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