UN JUEZ DE LA PAMPA "DEFENDIÓ" EL USO DE ARMAS EN UNA VIOLACIÓN
Así se pronunció el juez Julio Fernández de General Pico al argumentar una sentencia en un caso de violación con uso de arma, que se conoce ahora.
En el marco de un juicio que se sustanció en la ciudad de General Pico, en marzo de 2003 y que estuvo a cargo de la Cámara en lo Criminal de la Segunda Circunscripción Judicial, se condenó a un hombre a doce años de cárcel por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por empleo de arma. A este hombre lo sentenciaron a 13 años de prisión al unificarle una condena previa.
En su voto, que se conoce ahora, el juez Fernández sostuvo que la joven violada “no fue golpeada”.
“Cuando sufrió una agresión física importante (con la presión sobre su cuello), fue una reacción que no excede lo normal en este tipo de hechos, ante la resistencia ostensible de la joven, al pedir auxilio”, describió la conducta del sentenciado.
Y luego se refirió a la utilización de un arma por parte del acusado. “La utilización de un arma en el caso no pone ni quita nada en lo que hace a la culpabilidad como medida para la pena”, analizó.
Seguidamente afirmó que “es necesario ver en cada caso si la utilización de un arma implica o no una mayor culpabilidad y una mayor peligrosidad, al momento de establecer una pena”.
En este sentido expresó que “entiendo que, habitualmente, el uso de armas, permite ante el hecho consumado, ahorrar violencia y sufrimientos a la víctima. Esto es, que ante un violador decidido a llevar adelante su designio, la ausencia de un arma puede significar para la víctima, golpes, dolor y tal vez, la muerte”.
Este contenido no está abierto a comentarios

