UN MILLÓN DE TRABAJADORES SÓLO PODRÍAN JUBILARSE POR EL ESTADO
Los aportes jubilatorios de los trabajadores rurales y de otras actividades temporarias o con alta rotación podrían pasar al régimen estatal de reparto. Actualmente el destino de esos aportes depende de la afiliación del trabajador.
Este cambio lo determina el dictamen de las Comisiones de Previsión y Presupuesto del Senado que modifica el proyecto de ley de “corresponsabilidad” que tiene media sanción de Diputados. Textualmente el dictamen dice: “Los aportes provisionales de dichos trabajadores se derivarán al régimen público de reparto del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones”.
Según los senadores, en ciertas actividades, como la del sector agropecuario, existen muchos trabajadores de temporada, de bajos salarios y no registrados. En consecuencia, cuando alcanzan la edad jubilatoria no pueden jubilarse porque no cuentan con los 30 años de aportes o tienen derecho a una jubilación ínfima porque aportaron durante poco tiempo. Así, sostienen, por la naturaleza de la actividad esos trabajadores requieren un tratamiento previsional especial. Se estima que hay casi 1 millón de personas en esta situación.
Por eso, el dictamen de Senadores plantea establecer un régimen especial con las siguientes características:
Las actividades especiales firmarán un convenio de “corresponsabilidad”, que reemplaza el pago mensual de los aportes y contribuciones por un pago único que se realiza al momento de la venta de la producción.
Ese pago único incluye jubilaciones, asignaciones familiares, obras sociales, seguro de desempleo, riesgos del trabajo y todo otro aporte o contribución legal o fijado por el convenio de trabajo.
El Convenio lo suscribirán las entidades empresarias con el sindicato de la actividad, pero deberán aprobados por la Secretaría de Seguridad Social, previa intervención de la AFIP.
Cada actividad tendrá una tarifa sustitutiva de los aportes y contribuciones. Dicha tarifa se determina según los coeficientes de mano de obra empleada por hectárea para cada producto.
Debido a la temporalidad de la tarea, con los pagos efectuados de acuerdo a lo que marque el Convenio se reconocerán períodos de servicios mayores a los efectivamente trabajados. Por ejemplo, aunque trabajó en una cosecha o siembra algunos meses, se le reconocerá al trabajador un año de servicio. En el sistema de AFJP, sólo se consideran los meses efectivamente aportados por lo que el ahorro en la cuenta del trabajador tiene baja densidad y eso le da derecho a una baja jubilación.
El dictamen de las Comisiones de Senadores no se limita al sector rural, ya que deja abierta la posibilidad de que otros sectores adhieran a estos convenios. Por ejemplo, podría aplicarse en el sector de explotación del carbón o en Clínicas y Sanatorios, a retener de las transferencias que efectúan las obras sociales.
A diferencia del proyecto aprobado por Diputados, el dictamen de Senadores aclara que si las entidades empresarias y sindicales firman un convenio de este tipo, la Secretaría de Seguridad Social podrá “excluir a aquellos empleadores que en razón del tipo de explotación y la tecnificación de las tareas que desarrolla no ocupan mano de obra intensiva”.
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