UN SOLO JUEZ DE FALTAS PARA ATENDER 7.000 CASOS POR AÑO
Ruidos molestos, malos tratos, prostitución escandalosa, violencia deportiva, contaminación. Santa Fe crece y su realidad cambia. Sin embargo, los vecinos suelen sentirse indefensos ante la creciente violación a normas elementales de convivencia.
Las quejas son constantes y, en muchos casos, la impotencia se adueña de quienes sienten que se están violando sus derechos a vivir civilizadamente.
El único Juzgado Provincial de Faltas que funciona en la ciudad recibe cada año un promedio de 7.000 denuncias, cuando en el pasado apenas llegaban 800 causas.
Según el titular del juzgado, Héctor Valli, “en un momento sufrimos un fuerte ahogo, pero cada empleado trajo sus herramientas de trabajo, yo puse algo de dinero y pudimos comprar algunas computadoras porque no podíamos seguir trabajando con las Remington. Ahora estamos bastante bien organizados”.
Pero a pesar de esta multiplicación progresiva del número de personas denunciadas, la cantidad de condenados apenas si llega al 12 ó 13 %, según se informó desde el propio juzgado.
En la ciudad existen dos alternativas para denunciar contravenciones de este tipo. La primera es el Tribunal de Faltas Municipal, que se limita a aplicar las ordenanzas locales.
En caso de que el denunciado fuera condenado a nivel municipal, entonces puede apelar ante el juez provincial de Faltas, Héctor Valli. Sin embargo, quienes se consideran víctimas de la contravención -es decir los denunciantes- no tienen posibilidad de apelación. El juez de Faltas tiene la última palabra y no interviene un fiscal en el manejo del caso.
La otra alternativa, y si la contravención aparece en el Código de Faltas Provincial, es plantear la denuncia directamente ante la policía o el juez Valli, sin necesidad de que el caso pase primero por la Municipalidad.
Allí, nuevamente, el denunciante carece del derecho de apelar la decisión del magistrado si considera que ésta es injusta.
En cambio, si el denunciado es condenado, sí puede apelar ante la Cámara de Apelaciones. De todos modos, y a pesar de las 7.000 causas que el Juzgado de Faltas Provincial maneja cada año, apenas si llegan 4 ó 5 casos anuales a la Cámara.
Los argumentos
¿El sistema no funciona, los denunciantes exageran o el magistrado es demasiado condescendiente con los denunciados?
Según Valli, no existe una sola respuesta a este interrogante. Por un lado, “se trata de juicios sumarísimos, donde no siempre es sencillo probar las denuncias. Por ejemplo, un vecino me dice que otro lo insultó y, más allá de los testigos que uno y otro puedan aportar, en definitiva en el juzgado intentamos mediar para que el problema se solucione, sin llegar a una condena”.
Otro de los argumentos es que “la Justicia de Faltas es preventiva de un futuro delito. Por ejemplo, si actuamos rápido frente a un problema entre vecinos, estamos evitando que el problema se agrave porque sabemos que una discusión puede desembocar en un enfrentamiento armado”.
“Si el proceso de Faltas incluyera, por ejemplo, la actuación de un fiscal, se estaría prolongando más allá de lo recomendable y no llegaríamos a un resultado dentro del año”, remarcó el magistrado.
Valli dijo también que “no todos los que denuncian tienen razón. En muchos casos nos encontramos con que, en realidad, faltan elementos para llegar al extremo de acudir a la Justicia. El juez debe actuar objetivamente”.
A esto se suma que, de acuerdo con el artículo 9 del Código de Faltas, este juez es el único magistrado que tiene la facultad del perdón. “En muchos casos perdonamos al denunciado si es la primera vez que incurrió en una contravención”, explicó Valli.
De todos modos, el magistrado hizo hincapié en que, “si bien existen estas posibilidades, como juez no puedo fallar en forma antojadiza, porque siempre uno está expuesto a un pedido de investigación y hasta a un jury por mal desempeño”.
Un Código del pasado
El Código de Faltas provincial tiene aproximadamente 50 años. Según el juez Héctor Valli, es imprescindible una reforma profunda que lo adapte a la nueva realidad que se vive, por ejemplo, en una ciudad como Santa Fe.
“Este Código está previsto para sociedad de mediados del siglo pasado, cuando Santa Fe sólo tenía el 30 % de la población actual y era casi impensable que dos vecinos se insultaran”, afirmó.
“Por entonces -agregó- las figuras de conflicto que se planteaban eran con el compadrito de la esquina, o la barrita brava que se juntaba debajo de un farol y faltaba el respeto a la chica que pasaba”.
Dentro de esta nueva realidad urbana, existen situaciones que el Código de Faltas no plantea. “Un ejemplo concreto es la circulación de carros tirados por caballos en pleno microcentro. Esto genera un enorme peligro para el tránsito, pero no está considerado una contravención en la actual normativa”, afirmó el magistrado.
Otro ejemplo para Valli pasa por la forma irresponsable que algunas personas llevan traillers o lanchas enganchados de sus autos. “Hay quienes sólo los atan con un alambre y no pueden ser sancionados porque este caso no aparece en el Código. En cualquier momento vamos a tener que lamentar un accidente”, advirtió.
Prostitución
A partir del asesinato de Sandra Cabrera, en la ciudad de Rosario, se abrió un verdadero debate acerca de las normas que actualmente penan la prostitución.
Para el juez Valli, también en este tema habría que hacer algunos cambios: “Tenemos que plantearnos nuevamente la cuestión de la prostitución. El Código prohíbe la prostitución escandalosa, pero la policía detiene a las mujeres que se prostituyen en la calle haciendo pequeños gestos y en alguna medida de manera reservada”.
“Creo que en algunos casos se exagera la aplicación del Código, que fue previsto para las prostitutas de hace 50 años, cuando se paraban en la puerta de las casas en paños menores. Eso era actitud escandalosa”, sostuvo el magistrado.
Valli opinó que, en la actualidad, las prostitutas no deberían ser detenidas si ejercen en lugares donde no provocan problemas a los vecinos, en sitios apartados y de una manera no escandalosa.
El magistrado insistió en que a nivel Legislativo debería iniciarse una profunda revisión del Código de Faltas, “pues no alcanza con agregar artículos en forma aislada”.
Este contenido no está abierto a comentarios

