UNA JUEZA DECLARÓ LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES SECRETAS
Las leyes secretas, entre ellas la de los fondos reservados que desencadenó el escándalo por los presuntos sobresueldos durante el menemismo, son “inconstitucionales”, según resolvió hoy una jueza en lo Contencioso Administrativo.
La magistrado Clara Do Pico hizo lugar a una acción de amparo presentada por el abogado Ricardo Monner Sans y declaró la inconstitucionalidad del carácter secreto de la ley sobre gastos reservados, la 18.302.
Además, hizo extensiva la calificación a cualquier otra ley “que no encuentre su causa en el ´estado de necesidad´ porque su público conocimiento ponga en riesgo la subsistencia de la República o la seguridad de la comunidad”.
En diálogo con LA NACION LINE , Monner Sans explicó que con este fallo, “el Poder Ejecutivo queda obligado a publicar las leyes con carácter secretos” y opinó que si apelan la medida “van contra la coherencia que el Presidente (Néstor Kirchner) dice tener”.
El abogado agregó que es el Poder Ejecutivo y el Senado quienes ahora tiene la potestad de apelar la medida, aunque se preguntó irónicamente: “¿Los que reclaman transparencia van a apelar el fallo?”.
La presentación de Monner Sans, a la que hoy hizo lugar la jueza, es del 10 de mayo de 2004.
Según consigan las agencias DyN y Télam tras obtener el fallo, en la ley 18.302 “no existe ningún elemento que permita mínimamente sostener que el ´secreto´ se legitime en el ´estado de necesidad´ porque su ocultamiento sea necesario para que la Nación subsista como comunidad independiente y no se ponga en riesgo su seguridad”, puntualizó.
“Es evidente que el secreto legislativo contradice las disposiciones relativas al proceso de formación de las leyes… Pero además, entra en contradicción con la forma representativa y republicana de gobierno”, sostuvo la magistrada.
Do Pico destacó que “la publicidad es un elemento esencial de la ley y hace a la seguridad jurídica. Si la norma integra el ordenamiento jurídico de cualquier sociedad, la seguridad jurídica exige saber cuáles son las disposiciones enunciadas en toda ley”.
“Las leyes secretas, al contrario, despiertan la inevitable incógnita de su alcance, significancia e interrelación con el resto del aparato normativo, circunstancia por cierto reñida con la claridad normativa que debe existir en un Estado de Derecho”, añadió.
Este contenido no está abierto a comentarios

