UNA MUJER CON ONCE HIJOS RECLAMA POR SU DERECHO A LIGARSE LAS TROMPAS
El artículo 9º de la ley 12.323 imponía un plazo de 90 días para su reglamentación. Pero el retraso, probablemente por cuestiones burocráticas, está a un paso de privar a una mujer de 42 años –que en los próximos días dará a luz a su décimo primer hijo– de la voluntad y el derecho a ligarse las trompas de falopio.
El caso fue presentado por el director por la comunidad del Hospital Centenario, Ariel Pérez, quien reclamó al gobierno provincial la urgente reglamentación.
La mujer, que vive en el asentamiento toba de Génova al 2500, entró esta semana en el noveno mes de gestación. Su deseo y la recomendación de los agentes sanitarios que siguen su embarazo fue que en el momento del alumbramiento se proceda a la anticoncepción quirúrgica consagrada por ley 12.323 que la Legislatura provincial sancionó en agosto de 2004.
Cuando el caso llegó al comité de ética del Hospital Centenario, donde se hará el parto, los médicos que lo integran no presentaron objeciones médicas o de conciencia, sino jurídicas: la ley fue promulgada por el Poder Ejecutivo pero aún no está reglamentada.
Los profesionales médicos suelen negarse a estas prácticas porque hasta el momento en que fue sancionada la nueva norma, la única legislación que existía era el Código Penal que equiparaba la vasectomía o la ligadura de trompas a una lesión grave.
Para el director del Programa Provincial de Salud Sexual y Reproductiva, Horacio de la Torre, la falta de reglamentación “no es un impedimento” para la ligadura de trompas. El funcionario, ex director de la Maternidad del Hospital Iturraspe, de Santa Fe, explicó que “las herramientas necesarias ya están dadas a pesar de que la ley no está reglamentada.
El hecho de que la ley haya sido promulgada indica que está vigente y autoriza la práctica de ligaduras de trompas en la salud pública provincial”. El consejo de De la Torre coincide con la opinión de la ex diputada justicialista Nanci Strauss, para quien “la práctica se puede realizar igual por más que no esté reglamentado el procedimiento”. Strauss, que fue una de las autoras de la ley de anticoncepción quirúrgica, contó ayer en una entrevista por LT8 que en el Hospital Iturraspe ya se vienen practicando ligaduras de trompas a pesar de no estar reglamentada la ley.
De la Torre dio más precisiones: “Las ligaduras de trompas se hacen incluso desde antes de que se sancione la ley de anticoncepción quirúrgica, desde hace 4 o 5 años, con un análisis previo del caso que realiza un equipo interdisciplinario en el que los asistentes sociales evalúan condiciones económicas, de salud, cantidad de hijos, lugar de residencia, entre otros factores. De ahí sale una recomendación al consejo de bioética que es el que decide en última instancia”.
La convalidación por parte de un alto funcionario del Ministerio de Salud otorga un paraguas diferente a los profesionales del Centenario que por primera vez se enfrentan con un caso concreto de una mujer que solicita la ligadura de trompas. Si bien por razones de privacidad el Centenario no brindó el nombre de la futura parturienta, se sabe que es una mujer de 42 años que entró en el noveno mes de gestación del décimo primer hijo.
La mujer, habitante del asentamiento toba ubicado en el margen sur del arroyo Ludueña, fue asistida en los últimos meses por los agentes sanitarios del centro de atención primaria de salud de Juan José Paso y Cavia.
Ahora la mujer expresó su voluntad de ligarse las trompas, pero las dudas surgieron en el hospital, donde coinciden en que lo ideal sería que el Poder Ejecutivo reglamente cuanto antes la ley 12.323 que en su artículo 4º estipulaba un plazo de 90 días para realizar ese trámite.
El artículo 4º es el que establece los requisitos para acceder a una vasectomía en el caso de los hombres o la ligadura de trompas para las mujeres. Allí se obliga a que el paciente, antes de la intervención, deje expresado por escrito su consentimiento, que recibió información de las alternativas de uso de otros anticonceptivos no quirúrgicos y que conoce las características de la operación y sus posibilidades de reversión.
Una mora normal para la burocracia del Estado
Aunque suene extraño, para la burocracia estatal la mora que lleva la reglamentación de la ley de anticoncepción quirúrgica está dentro de los parámetros normales. Hay casos de leyes que deben esperar dos o tres años para entrar en vigencia. Uno de estos casos es el de la propia ley de salud sexual y reproductiva, la 11.888, de la cual es prima hermana la 11.323 que ahora está en cuestión.
El director del Programa de Salud Sexual de la provincia, Horacio de la Torre, explicó ayer que el consejo asesor de la ley 11.888 ya está trabajando en un borrador del decreto reglamentario a pesar de que la mora está en el Poder Ejecutivo, que aún no solicitó formalmente ese paso.
Sin embargo, De la Torre alejó la posibilidad de que algún fantasma –todas estas leyes fueron sancionadas a pesar de las clásicas presiones de sectores eclesiásticos– esté entorpeciendo la puesta en práctica y adjudicó a cuestiones burocráticas el retraso.
Este contenido no está abierto a comentarios

