UNA NENA CONTRAJO EL VIRUS HIV EN UNA CLÍNICA PORTEÑA
Una menor de tan sólo un año, que estaba internada en el Centro Gallego de Buenos Aires por una neumonía, se infectó con el virus HIV tras recibir una transfusión de sangre, ordenada por los mismos médicos que la asistían. Pese a que el donante tenía el virus, los análisis no lo detectaron. Las autoridades de la clínica, según figura en el fallo al que accedió Clarín.com, argumentaron que estaba atravesando el “período de ventana inmunológica”, tiempo en el cual el virus ya está instalado pero no aparecen los anticuerpos detectables por los análisis. Sin embargo, la familia acudió a la Justicia y denunció que no se había cumplido con el procedimiento que prevé la ley.
Siete años después, la sala J de la Cámara de Apelaciones en lo Civil le dio la razón y dispuso que la familia entera reciba una indemnización de 1.130.000 pesos (la demanda original era por tres millones). Además, deben ofrecerle los medicamentos y otras prestaciones necesarias para el tratamiento. La responsabilidad del hecho recayó sobre el Centro Gallego y sobre el jefe de Hemoterapia de la clínica.
Al año y tres meses de vida, la pediatra que atendía a E. R. (el nombre se mantiene en reserva por ser menor) en esa clínica, la misma en donde había nacido el 12 de mayo de 1997, le detectó una anemia ferropénica. Inmediatamente, el jefe del sector ordenó que se le practicara una transfusión de sangre que, tiempo después, se comprobó que había sido la causa de la infección. Además, los peritos del Cuerpo Médico Forense aseguraron en su informe que “la transfusión no era necesaria”.
Luego se supo que había otra paciente, que recibió la sangre del mismo donante, y que también se infectó con el virus HIV, motivo por el cual falleció. El Centro Gallego admitió el hecho pero dijo que “no se puede detectar con absoluta seriedad que la sangre obtenida de un donante esté libre de HIV”, a pesar de los controles rigurosos y la utilización de técnicas ultramodernas.
Los abogados de los demandados insistieron en que “la sangre administrada a la paciente fue adecuadamente seleccionada y analizada” y manifestaron “no se puede hacer pesar sobre la institución las limitaciones de la ciencia médica”. Pero también dijeron que la transfusión sanguínea era la alternativa “adecuada” para el caso, porque los tratamientos previos con hierro habían fracasado.
Pero los letrados que representan a la familia, Carlos A. Grisi y Roberto Bagnardi, negaron esto último y denunciaron que no se le había realizado al donante el interrogatorio de rigor tal como marca la ley de Sangre. Esto se comprobó más tarde en la causa y fue uno de los argumentos principales de la justicia, tanto en primera instancia como en la Cámara. En realidad, los jueces tuvieron en cuenta que nunca apareció el formulario original del test, lo que hacía suponer que el mismo se hizo en forma oral.
“La clínica no sólo incumplió con la obligación del interrogatorio previo, sino que además no hizo la extracción en presencia de un médico ni le explicó a los padres el riesgo que corría la nena”, le dijo a Clarín.com el abogado Carlos Albero Grisi. Además, el letrado aseguró que en casos como éstos “se tienen que extremar los recaudos” y resaltó que los médicos “sometieron a la nena a un riesgo inadecuado”.
En el fallo, los jueces de la Cámara dijeron que “la institución debía sanarla” y “debía prevenir toda posibilidad de contaminación a través de la sangre que transfunde, que en este caso, además contagio a otra persona, que ya falleció”. “El paciente ingresó al nosocomio sin virus y egresó portando el HIV”, concluyeron.
Actualmente, según contaron sus abogados, la nena se está tratando la enfermedad con el cóctel de drogas habitual para estos casos, y vive en la provincia de Buenos Aires, junto a sus padres y su hermana mayor.
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