VECINOS DE SAN LORENZO CONTRA UN PUERTO DE BARCAZAS
Un grupo de vecinos del barrio El Combate, de la ciudad de San Lorenzo, presentó ayer una demanda basada en la ley 10.000 de intereses difusos contra un puerto de embarque de barcazas que está construyendo la Asociación de Cooperativas Argentinas (ACA). El juicio se inició en el tribunal civil en feria de Rosario, que ordenó a la Secretaría de Medio Ambiente un informe circunstanciado sobre el tema en 10 días hábiles. Para entonces, el pleito ya estará radicado en el Juzgado Civil de San Lorenzo, al que por jurisdicción le corresponde intervenir.
El patrocinante de la demanda, a la que adhirieron casi 950 vecinos, es Jorge López Mirossevich. El abogado resumió en pocas palabras el espíritu del litigio: “El certificado de aptitud ambiental que se habría otorgado no respeta todas las exigencias legales correspondientes”. En tanto el responsable del área a nivel provincial, Marcelo Terenzio, confirmó que se otorgó una habilitación a ACA San Lorenzo hace unos meses pero se excusó de brindar más detalles porque no estaba enterado de la presentación judicial, que se efectuó ante el juez Luis Ramunno.
El magistrado aceptó tramitar el caso durante la feria, período en que sólo se cursan casos muy excepcionales. Le dio 10 días hábiles a la Secretaría de Medio Ambiente para que entregue un informe detallado sobre la actividad que se desarrollará en el muelle, o puerto de embarque para barcazas y buques de hasta 200 metros de eslora. No accedió Ramunno a la medida cautelar solicitada por los vecinos, que consistía en dejar sin efecto la autorización oficial. De esa manera, indirectamente, se habrían paralizado las obras.
López Mirossevich aseguró que las tareas que se llevarán adelante en el lugar cuestionado serán muy contaminantes “porque el polvillo del cereal contiene restos de fumigantes, que se utilizan para conservar en buenas condiciones los granos”. Y el sector está pegado a varias barriadas que conforman la urbanización El Combate.
“Se considera que la autorización se ha obtenido con omisión de muchas de las pautas que exige la ley, empezando por la Constitución nacional, y siguiendo con la ley provincial de medio ambiente Nº 11.717, la resolución Nº 0101 de 2003 de la Secretaría de Medio Ambiente, que regula cómo se debe evaluar el impacto ambiental, y la ley nacional Nº 25.675, llamada de ambiente o de presupuestos mínimos, que tiene supremacía normativa sobre las leyes provinciales”, expresó López Mirossevich.
Sin embargo, el letrado no le entregó al juez la documental que impugna. “Los vecinos hicieron numerosos pedidos y no les dieron información”, explicó. Al parecer sus clientes, extraoficialmente, habrían conocido algunos detalles de la autorización puesta en tela de juicio y no habría coincidencia con los recaudos legales exigidos. Al margen, recordó el abogado, la ley nacional de ambiente indica realizar una audiencia pública antes de encarar un emprendimiento de semejante envergadura. Y dicha audiencia no se ha celebrado en este caso.
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