VEDAN EL SURUBÍ EN EL RÍO URUGUAY
En tanto que el período habilitado para adquirir ejemplares de la mencionada especie se estableció entre el 1 de julio hasta el 31 de agosto de cada año.
Según se informó oficialmente a través de la Resolución Nº 332, se determinó en el ámbito de la provincia, específicamente en la jurisdicción del departamento Uruguay, la prohibición de la pesca bajo cualquier forma, del surubí (pseudoplatystoma coruscans). No obstante se aclaró que quedaron exceptuados de la medida los pobladores ribereños que destinen las capturas únicamente al consumo propio y de su grupo familiar.
La decisión se tomó luego de los trabajos realizados en la zona por la dirección de Fiscalización, que revelaron una alarmante disminución de las capturas y de los tamaños de las mismas. Además, la especie utiliza con regularidad los ambientes naturales del río Uruguay, principalmente como refugio, antes de desplazarse para reproducirse.
Otro de los fundamentos en que se apoyó la medida consistió en la necesidad de sostener la práctica de la pesca deportiva como un importante atractivo, dentro de la oferta turística que detenta la provincia.
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