VIGILANCIA PRIVADA: ¿TODAS LAS AGENCIAS ESTÁN HABILITADAS?
Dos o tres custodios que vigilan de noche las calles de un barrio, ¿constituyen una empresa de seguridad privada? ¿Están todas habilitadas para trabajar? Eso es lo que se preguntó un grupo de concejales al proponer que la Municipalidad abra un registro para conocer la cantidad de negocios de este rubro y cómo funcionan en la ciudad.
En la última sesión del año pasado, el Concejo votó una iniciativa de los ediles Leonardo Simoniello y Jorge Henn (UCR-Encuentro) con el objetivo de tener un doble control sobre las agencias inscriptas.
Como se sabe, las empresas de vigilancia o seguridad privada fueron reguladas a partir de 1991 mediante un decreto del gobierno provincial. En esa norma se fijan los requisitos que deben reunir para poder funcionar.
Pero como el municipio no tiene registrada esa actividad específica, sólo las habilita como oficinas, a pesar de que muchos servicios se prestan en la vía pública.
Según datos difundidos por la Dirección provincial de Registro y Control de Agencias, que depende de la Subsecretaría de Seguridad Pública, en Santa Fe hay habilitadas unas 36 empresas.
Sin embargo, los concejales sospechan de que pueden existir más. Por eso la norma aprobada por el Concejo contempla dos puntos claves: uno es habilitar un registro municipal, ante el cual las empresas deberán presentar la autorización emanada desde el Ministerio de Gobierno.
“Es que dada la importancia del servicio que prestan estas empresas, es importante que la Municipalidad exija una actualización anual de esa autorización, para impedir el accionar de empresas comúnmente denominadas truchas”, justificaron los ediles.
Garitas ybarreras
El segundo punto tiene que ver con el uso del espacio público que hacen las agencias, al colocar garitas, barreras u otros obstáculos. Por eso uno de los artículos de la resolución votada prohibe la colocación de elementos que restrinjan o limiten la circulación peatonal y vehicular.
A manera de excepción, el municipio podrá autorizar la instalación de garitas, pero debidamente fundado (a través de un acto administrativo) y en forma precaria.
Como requisito para esto, las Empresas deberán estar inscriptas en el registro y no deberá haber oposición de parte de los vecinos.
También, se contempla que el material a utilizar en la construcción de garitas o casillas deberá ser de fácil remoción. Por último, las empresas tendrán que presentar un visto bueno de la Secretaría de Planeamiento Urbano de la Municipalidad.
De acuerdo a la resolución aprobada por el Concejo, hay un plazo de 90 días para que todas se inscriban en el registro de empresas de vigilancia o seguridad privada.
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