Violencia de género: “No admitimos la reparación con trabajo comunitario”
Diputados otorgó media sanción al Proyecto de Aeberhard, a través de cual se dispone la modificación artículo 24 de la Ley 12.734 de la no admisión de la suspensión del juicio a prueba en aquellos delitos que mediare la violencia de género.
A través del nuevo Código Procesal Penal se instituye la figura de la suspensión del juicio a pruebas que otorga al imputado de un delito la posibilidad de ofrecer una reparación por los daños causados, en la mayoría de los casos con la realización de tareas comunitarias, sin dejar en el legajo del posible culpable ningún tipo de antecedentes penales.
La no admisión para los casos de violencia de género está fundamentada a través de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el caso Góngora, Gabriela Arnaldo s/Causa N° 14.092, en el cual la Corte no admitió la suspensión del juicio a prueba solicitado, al considerar que los casos en los que mediare violencia de género deben ser dilucidados en un juicio oral siendo incompatible la suspensión del juicio a prueba, dado que viola las Convenciones Internacionales en la materia (Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer y el Convenio de Belén do Pora).
La Corte Suprema de Justicia de la Nación entendió que deben prevalecer los objetivos en cuanto a la necesidad de establecer “un procedimiento legal, justo y eficaz para la mujer, que incluya un juicio oportuno ya que la Convención citada destaca que la “adopción de alternativas distintas a la definición del caso en la instancia del debate oral es improcedente”.
La legisladora sostuvo que solo el juicio oral puede derivar en un pronunciamiento definitivo sobre la culpabilidad o inocencia del imputado, por lo que concederle la probation en una causa de violencia de género “frustraría la posibilidad de dilucidar la existencia de los hechos y a determinación de la responsabilidad a quien ha sido imputado de cometerlos”.
Es necesario entender que víctima y victimario no se encuentran en un plano de igualdad, en el caso de violencia de género, la mujer víctima de un delito rara vez se encuentra en una condición de igualdad para negociar, ya que hay muchos factores que influyen y pueden inducirla a “perdonar” a su agresor y dejarla expuesta a la misma violencia que denunció.
Aeberhard sostuvo que “como legisladora propone dotar a la justicia de herramientas necesarias, que permitan al juez actuar con celeridad, oportunidad y ecuanimidad, resguardando la integridad física y psíquica de la víctima, ya que los delitos de violencia de género ameritan una resolución rápida y eficaz, determinando responsabilidades, condenando al responsable del delito, otorgando a la víctima una protección integral contra la reincidencia”
Solicitan creación de oficinas de violencia domestica
Aeberhard, a través de un Proyecto de Comunicación, solicitó al Poder Ejecutivo que promueva la creación de Oficinas de Violencia Doméstica (O.V.D.) dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, evidenciando sus ventajas para hacer frente a la problemática de la violencia doméstica, con la misma operatividad que la que funciona dentro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Aeberhard señaló que “la Provincia de Buenos Aires creó la Oficina de Violencia Doméstica en el año 2006 por la Corte Suprema de Justicia de la Nación con el objetivo de facilitar el acceso a la justicia de personas que, afectadas por hechos de violencia doméstica se encuentran en situaciones de especial vulnerabilidad”.
“Funciona las 24 horas todos los días del año, brindando un real acceso de la justicia a la ciudadanía, y a su vez constituyéndose en un servicio para los magistrados, proveyendo los recursos necesarios para ejercer el poder jurisdiccional, actualmente ya funcionan oficinas de Violencia Doméstica en las provincias de Santiago del Estero, Chubut, Santa Cruz, Salta y Tucumán”.
En Argentina se registra un crecimiento en los hechos de violencia contra mujeres y niños dando lugar a cifras altamente preocupantes, ya que en el año 2013 se produjeron 295 femicidios, lo que significa que cada 30 horas una mujer es asesinada en Argentina, la mayoría de ellos cometidos por parejas o ex parejas de las mujeres en las casas de las víctimas, siendo la provincia de Santa Fe junto con Buenos Aires, Córdoba, Salta y Chaco las que encabezan este triste récord.
“Esta situación requiere de la máxima capacidad del Estado para atender las denuncias crecientes de los casos de femicidios y violencia familiar con el fin de llevar a cabo acciones concretas para revertirlos, por tal motivo y teniendo en cuenta la experiencia lograda a través de la implementación en la Corte Suprema de Justicia Nacional, a partir del año 2008, por lo que resulta de imperiosa necesidad contar con una Oficina de Violencia Doméstica en la provincia de Santa Fe”, finalizó Aeberhard.
Fuente: Prensa M. Aeberhard
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