“VOLVER A CASA” EVALUARÁ LOS DAÑOS Y CONDICIONES DE LAS PROPIEDADES ANEGADAS
Al trabajo en la Unidad “Volver a Casa” se sumaron funcionarios de la Provincia y el Municipio, representantes del CECOVI de la Universidad Tecnológica Nacional, de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la
Universidad Nacional del Litoral, del Colegio de Arquitectos,y el
Presidente del Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe, Ing. Darío
Boscarol, entre otros.
Allí se acordó la necesidad de realizar una evaluación técnica
provisoria de los daños y las condiciones de habitabilidad de las
propiedades que quedaron bajo las aguas, previo a que las viviendas y
establecimientos comerciales vuelvan a ser utilizados en sus usos
habituales, tratando de realizar una constatación de las condiciones
edilicias, instalaciones eléctricas, etc. de las viviendas.
Al efecto, concejales de diversas bancadas ingresaron un proyecto de
ordenanza para darle un marco normativo a la acción a desarrollar por
este Unidad.
El tratamiento de este proyecto fue postergado para el lunes por la mañana en el Concejo a solicitud del Departamento Ejecutivo Municipal que solicitó 48 horas para evaluar la propuesta.
A continuación se transcribe el proyecto de ordenanza
PROYECTO DE ORDENANZA
Art. 1º- Dispónese la participación de la Municipalidad de
Santa Fe en la Unidad Ejecutora “Volver a Casa”, conformada en el
ámbito provincial ante la emergencia hídrica.
Art. 2º- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá designar
un representante ante el Comité Ejecutivo de la Unidad Ejecutora
antedicha. El Honorable Concejo Municipal designará, asimismo, un
representante ante la mencionada Unidad.
Art. 3º- Establécese la obligatoriedad de la Evaluación
Técnica Provisoria de Daños y Habitabilidad de Domicilios
Particulares y Propiedades en general, para todos los inmuebles
afectados por el fenómeno hídrico. Dicho procedimiento de Evaluación
Técnica se implementará a través de los respectivos equipos de
profesionales y especialistas de la Unidad Ejecutora “Volver a Casa”.
Art. 4º- El certificado de realización de la Evaluación
Técnica Provisoria de Daños y Habitabilidad tendrá validez a los
efectos que correspondan y/o se determinen en el ámbito municipal.
Art. 5º- La Unidad Ejecutora “Volver a Casa” podrá requerir la
actuación de las dependencias municipales competentes, a través de
solicitud elevada al Departamento Ejecutivo Municipal.
Art. 6º- El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará los
alcances de la presente ordenanza.
Art. 7º- De forma.
Este contenido no está abierto a comentarios

